Se considera trabajo en altura aquel trabajo que se realiza a partir de 1,8 m por encima de la superficie, de acuerdo con la norma OSHA 29 CFR 1926, aunque la distancia también podría ser menor. Subir escaleras, postes, andamios, estructuras elevadas, etc., e incluso subir pendientes con potencial de caída, son algunas de las situaciones donde se da este tipo de trabajo.
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