La Resolución N° 333-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, emitida por el Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), establece como principal lineamiento jurisprudencial administrativo que un siniestro no puede ser calificado como infracción si es que el accidente no guarda causalidad con la conducta del empleador.
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