Breve explicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo según la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y las políticas de mejora continua contempladas en los Artículos 89, 90 y 91.
La información está basada en la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento.
1. Qué es el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
De acuerdo con la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo forma parte de las políticas de reducción de riesgos laborales en las que participan activamente los empleadores, los sindicatos y el Estado.
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo contiene mecanismos de control y fiscalización de los riegos laborales según diferentes organismos, como el Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo y la configuración del reglamento interno para la prevención de accidentes laborales.
A estos puntos se suma la evaluación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, cuya finalidad es evaluar periódicamente los resultados de seguridad y salud en el trabajo, mediante indicadores específicamente ideados según los riesgos del sector.
2. La mejora continua del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
El principal motivo de la evaluación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo son las posteriores acciones de mejora que el empleador debe ejecutar para alcanzar los estándares que determina la Ley 29783.
El Artículo 89 señala que la vigilancia del mencionado sistema de seguridad laboral debe:
- Evaluar la estrategia global del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo para determinar si se alcanzaron los objetivos previstos.
- Evaluar la capacidad del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo para satisfacer las necesidades integrales de la organización y de las partes interesadas en la misma, incluidos sus trabajadores, sus representantes y la autoridad administrativa de trabajo.
- Evaluar la necesidad de introducir cambios en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, incluyendo la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus objetivos.
- Identificar las medidas necesarias para atender cualquier deficiencia, incluida la adaptación de otros aspectos de la estructura de la dirección de la organización y de la medición de los resultados.
- Presentar los antecedentes necesarios al empleador, incluida información sobre la determinación de las prioridades para una planificación útil y de una mejora continua.
- Evaluar los progresos para el logro de los objetivos de la seguridad y salud en el trabajo y en las medidas correctivas.
- Evaluar la eficacia de las actividades de seguimiento en base a la vigilancia realizada en periodos anteriores.
3. Período de revisión del sistema y presentación de resultados
La normativa establece que la revisión del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo se realiza por lo menos una vez al año.
Las conclusiones finalmente de la evaluación deben registrarse y comunicarse a los responsables de los aspectos críticos y pertinentes del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para que puedan adoptar las medidas oportunas, y al Comité o al Supervisor de seguridad y salud del trabajo, los trabajadores y la organización sindical.
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