Se debería almacenar los productos químicos peligrosos en condiciones tales, ajustadas a sus propiedades y características inherentes, que garanticen la seguridad y que estén en conformidad con los criterios establecidos. Entre los productos químicos con propiedades y características típicas en este sentido, se incluyen:
- líquidos inflamables;
- gases inflamables;
- productos químicos tóxicos;
- productos químicos corrosivos;
- productos químicos que en caso de incendio producen humos altamente tóxicos;
- productos químicos que en contacto con el agua generan gases inflamables;
- productos químicos oxidantes;
- explosivos;
- productos químicos inestables;
- sólidos inflamables;
- gases comprimidos.
Los productos químicos que entrañan efectos cancerígenos, mutágenos, teratógenos para la salud, deberían mantenerse estrictamente controlados. Existen numerosas normas, repertorios y directivas relativos al almacenamiento de determinados productos químicos a granel o contenidos en pequeños recipientes. La utilización de tales recipientes, como por ejemplo bidones, cilindros, costales o bolsas, se presta para que ocurran entremezclas de productos químicos.
El peligro mayor es el de los incendios y de la consiguiente emisión de productos químicos o residuos de combustión. Los incendios son la causa de gran parte de los incidentes y los accidentes que se producen durante las actividades de almacenamiento y que provocan daños o lesiones. Teniendo presentes estos aspectos esenciales, se podrían diseñar procedimientos de control para asegurar la protección de los trabajadores, combinando cualesquiera de las medidas siguientes:
a) la compatibilidad y el almacenamiento separado de los productos químicos. Se deberían mantener separados los productos químicos que, en contacto, podrían reaccionar dando origen a productos inestables o nocivos, o generando calor. Los productos químicos oxidantes deberían mantenerse separados de los líquidos inflamables o de otros productos químicos inflamables, debido a su reactividad y a su tendencia a generar calor;
b) las cantidades máximas toleradas de los productos químicos almacenados. Se trata de imponer límites a las cantidades de productos químicos que presenten determinadas propiedades características, a fin de limitar los efectos de un accidente o incidente que involucre (o que pueda llegar a involucrar) dichos productos químicos en una situación de emergencia;
c) las condiciones de seguridad y vías de acceso adecuadas a las zonas de almacenamiento. Se deberían prohibir o someter a control las virtuales fuentes de ignición;
d) el emplazamiento seguro de las zonas de almacenamiento. A fin de reducir al mínimo las repercusiones de un accidente, se debería mantener las zonas de almacenamiento de productos químicos separadas de las zonas de proceso, de los locales donde se hallen presentes personas y de otras zonas de almacenamiento; asimismo, los almacenes deberían estar alejados de fuentes de ignición fijas y de sitios o recintos situados fuera de los límites de las instalaciones, sobre los cuales el empleador no tiene ningún control, salvo cuando se trate de pequeñas cantidades de un producto químico peligroso almacenado en el lugar de trabajo de forma segura (por ejemplo, una pequeña cantidad de líquido inflamable depositado en armario resistente al fuego);
e) la fabricación, índole e integridad adecuadas de los contenedores;
f) la carga y descarga en condiciones de seguridad de los contenedores. Los criterios relativos al equipo adecuado y a los sistemas de trabajo seguros, incluida la formación, revisten una importancia primordial;
g) las precauciones apropiadas contra las emisiones, incendios, explosiones y reacciones químicas accidentales;
h) las precauciones y formas de proceder adecuadas en caso de derrames;
i) exigencias relativas a la temperatura, humedad y ventilación. Estas exigencias son especialmente importantes en casos en que la temperatura y la humedad ambientales son elevadas. Las exigencias relativas a la ventilación deberían impedir la acumulación de gases, vapores o humos en dependencias enclaustradas;
j) las exigencias de etiquetado y reetiquetado;
k) los procedimientos en caso de emergencia;
l) las exigencias relativas a los posibles cambios físicos y químicos en los productos químicos almacenados (por ejemplo, no almacenar un producto químico más tiempo del período de expiración recomendado en la etiqueta o en la ficha de datos de seguridad);
m) el despliegue de sistemas de vigilancia.
Publicado en la Revista Seguridad Minera nº126.
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