Análisis de un texto académico sobre los riesgos psicosociales emergentes y su aplicación en el Perú según la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento.
La información está basada en la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento.
1. Acerca de los riesgos psicosociales emergentes
Los riesgos psicosociales -que aparentemente no están relacionados con las actividades empresariales- están contemplados en los lineamientos de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que buscan promover la cultura de prevención de accidentes laborales.
Esto se debe a que los factores psicosociales, según Pedro R. Gil-Monte en su artículo ‘Riesgos psicosociales en el trabajo y salud ocupacional’, son “condiciones presentes en situaciones laborales relacionadas con la organización del trabajo, el tipo de puesto, la realización de la tarea, e incluso con el entorno; que afectan al desarrollo del trabajo y a la salud de las personas trabajadoras”.
Actualmente -continúa Gil-Monte-, los sucesivos cambios técnicos u organizativos en el mundo laboral, junto con los cambios socioeconómicos, demográficos y políticos (incluido la globalización), han hecho que algunos riesgos psicosociales predominen sobre otros. Esto es algo que la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo denomina riesgos psicosociales emergentes.
Los riesgos psicosociales emergentes es cualquier riesgos que:
- Está causado por nuevos procesos, tecnologías, lugares de trabajo, cambios sociales u organizativos
- Era un factor conocido, pero se considera como un nuevo riesgo debido a avances científicos o percepciones sociales.
Se considera que el riesgo va en aumento cuando:
- El número de situaciones de peligro que producen el riesgo va en aumento
- La probabilidad de exposición al riesgo aumenta
- Los efectos sobre la salud de los trabajadores empeoran
Los riesgos psicosociales emergentes pueden agruparse en estas cinco áreas:
- Nuevas formas de contratación laboral, caracterizadas por la aparición de contratos de trabajo más precarios junto con la tendencia a la producción ajustada, y la subcontratación e inseguridad en el puesto de trabajo. Los trabajadores con contratos precarios suelen realizar tareas más peligrosas, en peores condiciones, y recibir menos capacitación. La falta de estabilidad laboral y contractual puede aumentar los niveles de estrés y de ansiedad del trabajador.
- Envejecimiento de la población laboral activa y retraso en la edad de jubilación, que la hace más vulnerable a la carga mental y emocional.
- Intensificación del trabajo, caracterizado por la necesidad de manejar cantidades de información, y carga de trabajo cada vez mayores y bajo una mayor presión en el ámbito laboral. Este riesgo está presente sobre todo en los campos muy competitivos en los que los trabajadores pueden temer que su eficiencia y su rendimiento se evalúen con mayor detenimiento y, por ello, tienden a trabajar más horas para finalizar sus tareas. En ocasiones, puede que no reciban una compensación adecuada por ese aumento de la carga laboral, o que no reciban el apoyo social necesario para poder asumir dicha carga. El estrés laboral provocado por el aumento de la carga laboral, junto con las mayores exigencias sobre un menor número de trabajadores, repercutirían de forma negativa en la salud y la seguridad de los trabajadores.
- Fuertes exigencias emocionales en el trabajo, junto con un incremento del acoso psicológico y de la violencia, en especial en los sectores de la asistencia sanitaria.
- Desequilibrio y conflicto entre la vida laboral y personal, debido a la falta de ajuste entre las condiciones de trabajo y la vida privada de las personas. Los empleos precarios, con excesiva carga de trabajo, sumado a horarios laborales variables o impredecibles, sin que se le permita al trabajador ajustarlos a sus necesidades personales; pueden provocar conflictos en la vida profesional y privada del trabajador, con efectos perjudiciales para su salud.
2. Qué dice la Ley 29783 sobre los riesgos psicosociales
La normativa especifica que la exposición a los riesgos psicosociales se da cuando se perjudica la salud de los trabajadores, causando estrés y, a largo plazo, una serie de sintomatologías clínicas como enfermedades cardiovasculares, respiratorias, inmunitarias, gastrointestinales, dermatológicas, endocrinológicas, músculo esqueléticas, mentales, entre otras.
Cabe precisar que dicha sintomatología clínica debe sustentarse en un certificado médico emitido por centros médicos o profesionales médicos debidamente calificados.
Los riesgos psicosociales también figuran en la definición del término ‘condiciones y medio ambiente de trabajo’, como aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia en la generación de riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores.
En este aspecto está considerado la organización y ordenamiento de las labores y las relaciones laborales, incluidos los factores ergonómicos y psicosociales.
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