El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó el Decreto Supremo 008-2020-TR que modifica el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. La norma contempla el cierre temporal de empresas por un accidente mortal durante las investigaciones y como medida de sanción. Asimismo, los inspectores de trabajo pueden disponer la paralización y/o prohibición de trabajos ante la verificación de un peligro grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores.
Asimismo, se ha tipificado como infracción grave que las empresas principales no verifiquen el cumplimiento de las obligaciones en seguridad y salud en el trabajo de las empresas contratistas y de intermediación laboral. A su vez, calificará como infracción muy grave en esta materia la no realización de exámenes médicos ocupacionales al personal, así como aquellos incumplimientos a tales obligaciones que generen enfermedades ocupacionales.
Se ha previsto que la Autoridad de Trabajo comunique al Ministerio Público las decisiones en última instancia en las que se haya determinado la responsabilidad administrativa del empleador por la ocurrencia de un accidente mortal.
Por otro lado, las multas están subiendo para las empresas grandes. Anteriormente las multas muy graves podían llegar a 45 UIT (S/193,500), y ahora pueden llegar a 52.53 UIT (S/225,879).
En este contexto, resulta fundamental que todo empleador verifique adecuada y rigurosamente el cumplimiento de las obligaciones en seguridad y salud en el trabajo, no solo de su personal, sino también de toda persona que preste servicios dentro de sus instalaciones.
Sobre esta nueva medida, Pamela Navarro, directora del área laboral del estudio PPU, comenta al diario Gestión que pese a que esto pareciese objetivo, va a haber un problema en “determinar si existen riesgos mortales en un periodo de tiempo corto”.
Señala que el primer documento inspectivo en casos de accidentes mortales “se da en 24 horas. ¿Cómo determino en un día el nivel de impacto a los trabajadores en general de un potencial riesgo?” Agrega que en el caso McDonald’s el problema recaía en una máquina. “¿Acaso esta pone en riesgo a todos los trabajadores? ¿O ya no es un riesgo?”
Los criterios, indica, son tan complicados que “por default el inspector va a preferir el cierre temporal”.
Por otro lado, comenta que no se ha dispuesto que pasará con los inspectores que decidan no cerrar una empresa en la que posteriormente experimenta otro accidente mortal, por lo que faltan regular ciertos aspectos de la norma.
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