Con la finalidad de comprobar si la empresas industriales cumplen las normas vigentes en materia sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo, los inspectores de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral-SUNAFIL utilizan un protocolo que orienta de manera clara y precisa el ejercicio de su función.
El Protocolo para la fiscalización en materia de seguridad y salud en el trabajo en el sector industrial, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº064-2016-SUNAFIL, incluye una lista de materias que deben tomarse en cuenta durante la verificación del cumplimiento de las normas.
Los campos que cubre la fiscalización en seguridad y salud en el trabajo de las empresas industriales se señalan a continuación:
- Gestión en seguridad y salud en el trabajo.
- Estándares de seguridad e higiene ocupacional.
- Condiciones de seguridad: en los lugares de trabajo, instalaciones civiles y maquinaria.
- Máquinas y equipos de trabajo.
- Atención de emergencias, protección y prevención contra incendios.
- Equipos de protección individual.
- Planes y programas.
- Seguro complementario de trabajo de riesgo.
- Identificación de peligros y evaluación de riesgos.
- Formación e información en seguridad y salud en el trabajo.
- Protección en seguridad y salud en trabajadores vulnerables (mujeres en estado embarazo, lactancia, trabajadores con discapacidad).
En materia de gestión en seguridad y salud en el trabajo, por ejemplo, los inspectores verifican que los empleadores y trabajadores de la actividad privada cumplan con los siguientes ítems:
- El empleador con 20 o más trabajadores ha constituido con arreglo a ley un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST).
- El CSST es paritario, el número no es menor a 4 ni mayor de doce.
- El empleador con menos de 20 trabajadores garantizó la elección del supervisor de SST por parte de los trabajadores.
- El acto de elección de los representantes de los trabajadores se encuentra registrado en un Acta que se incorpora en el Libro de Actas de elecciones.
- El acto de constitución e instalación, así como toda reunión, acuerdo o evento del CSST y copia del acta de elección de los trabajadores, están asentados o incorporados en el Libro de Actas del CSST.
- El CSST se reúne mensualmente en forma ordinaria, en día previamente fijado y en forma extraordinaria en caso de ocurrir un accidente mortal o que revistan gravedad.
- En todo establecimiento industrial se deberá redactar reglamentos internos de seguridad, para cada clase de trabajo que se ejecute, los que deberían ceñirse a los reglamentos oficiales, e incluir las disposiciones adicionales.
- El empleador ha puesto en conocimiento de los trabajadores, el Reglamento Interno de SST, debidamente aprobado por el CSST, bajo cargo, conforme a ley.
- La empresa cuenta con un libro autorizado de servicio de equipos a presión para los calderos, compresoras, y otros recipientes y se anotan las reparaciones, limpiezas y accidentes ocasionados por el uso de recipientes a presión, así como exámenes, inspecciones o pruebas efectuadas por entidades oficiales o particulares.
- El empleador notificó al MTPE el accidentes de trabajo mortal o incidentes peligrosos dentro de las 24 horas de ocurrido.
- Ha implementado y mantiene actualizado un registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes, donde conste la investigación y las medidas correctivas.
- Ha implementado y mantiene actualizado un registro de exámenes médicos ocupacionales.
- Ha implementado y mantiene actualizado un registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos.
- Ha implementado y mantiene actualizado un registro de inspecciones internas de SST.
- Ha implementado y mantiene actualizado un registro de estadísticas de SST.
- Ha implementado y mantiene actualizado un registro de entregad de equipos de seguridad o emergencia.
- Ha implementado y mantiene actualizado un registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia.
- Ha implementado y mantiene actualizado un registro de auditoría.
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