Muchos países de América Latina enfrentan una alta tasa de accidentalidad laboral. En Colombia, por ejemplo, de cada 100 trabajadores afiliados al Sistema de Riesgos Laborales, se accidentan al año aproximadamente 7 con ocasión al trabajo; mientras que en países desarrollados en la materia solo se accidentan 3,2.
Si miramos ejemplos como el de Singapur donde su tasa de accidentalidad es menor a 3, podemos tener un referente de las acciones que podríamos desarrollar. Dicho país inició el cambio con una reforma de Ley. De igual manera, Colombia modificó su legislación en el año 2012 con la Ley 1562. Con esta norma se sentaron las bases para una reingeniería en la forma de hacer prevención. Se cambió de un Programa de Salud Ocupacional a un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SGSST, el cual debe ser implementado de manera obligatoria por todas las empresas, sin importar su tamaño, a más tardar el 31 de enero del año 2017.
En segundo lugar, se establecieron sanciones más fuertes al aumentar de 500 a 1.000 SMMLV (salario minímo legal en Colombia); y en casos de accidente fatal la sanción mínima será de 20 SMMLV. Dichas sanciones se impondrán conforme al tamaño de la empresa según la tabla de dosificación establecida en el año 2015 mediante el Decreto 472 recopilado en el Decreto Único del Sector Trabajo 1072.
En tercer lugar, la Ley 1610 de 2013 permitió los cierres parciales de empresas cuando los inspectores de trabajo detectaron situaciones de peligro inminente para la vida o salud de los trabajadores. Estos cierres pueden ser temporales hasta que se superen las situaciones encontradas, pero también pueden llegar a ser definitivos. A la fecha se han cerrado aproximadamente 25 empresas tanto del sector privado como del sector público. El mayor tiempo de cierre ha sido por un término de 22 días a una entidad pública. Es importante destacar que durante el tiempo que se dan estos cierres el empleador continúa pagando los salarios y prestaciones sociales de manera normal a sus trabajadores.
En cuarto lugar, se ha mantenido un trabajo tripartito en cada uno de las políticas formuladas. Para su elaboración participan tanto empleadores directamente a través de sus gremios, las diferentes entidades de gobierno y los trabajadores de manera directa o a través de las centrales sindicales. Un ejemplo de estas políticas es el Plan Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que trazó las acciones a realizar entre el periodo 2013 a 2021 a través de cuatro estrategias que buscan mejorar la cobertura, la promoción y prevención, el fortalecimiento de la institucionalidad y la mejora en el proceso de calificación y rehabilitación de los trabajadores.
Finalmente, hace falta realizar inspección, vigilancia y control con enfoque basado en riesgos, monitoreando el cumplimiento de la norma por parte de todas las empresas y georeferenciando cada departamento, municipio, ciudad, sector económico y hasta llegar de manera nivel individual a cada una de ellas. De esta manera se visitaran las empresas que más presenten accidentalidad antes de que ocurra un accidente fatal. Asimismo, las empresas que cumplan con el SG-SST y, por ende, disminuyan su accidentalidad, podrán disminuir la cotización al Sistema de Riesgos Laborales, pasando de esta forma Colombia a tener una cotización variable como la tienen otros países hermanos.
- Colombia: normatividad y prevención de riesgos laborales - 22 noviembre, 2016
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