A través del Decreto Legislativo 1587, el Poder Ejecutivo ha realizado modificaciones clave en la Ley 29664, que establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd). Los cambios buscan fortalecer y mejorar la gestión del Sinagerd, especialmente en el contexto actual del Fenómeno de El Niño.
La norma ajusta varios aspectos de la ley, abordando instrumentos y procedimientos para optimizar la funcionalidad del Sinagerd. Entre los cambios, se destaca la composición del sistema, liderado por el presidente de la República y con el presidente del Consejo de Ministros a cargo de la secretaría técnica. Además, se especifica la participación de diversos ministros en áreas cruciales, como Relaciones Exteriores, Defensa, Economía y Finanzas, Interior, Educación, Salud, Desarrollo Agrario y Riego, Energía y Minas, Transportes y Comunicaciones, Ambiente, Desarrollo e Inclusión Social, y Vivienda, Construcción y Saneamiento.
La Presidencia del Consejo de Ministros, como ente rector del Sinagerd, asume la importante tarea de ejercer la potestad sancionadora, estableciendo responsabilidades administrativas y aplicando sanciones a evaluadores de riesgo, así como a profesionales y técnicos externos que incurran en las infracciones establecidas en la ley. Estas medidas reflejan el compromiso del Gobierno por mejorar la eficacia y la capacidad de respuesta del país ante los desafíos asociados al riesgo de desastres, en particular frente al Fenómeno de El Niño.
Qué es el Sinagerd
El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se configura como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo. Su creación responde a la finalidad de reconocer y mitigar los riesgos vinculados a peligros, con el objetivo de reducir sus impactos y prevenir la generación de nuevas amenazas. Asimismo, se orienta a la preparación y respuesta efectiva ante situaciones de desastre. Esto se logra mediante la definición de principios, políticas, componentes, procesos e instrumentos especializados en la Gestión del Riesgo de Desastres (GRD). Está compuesto por las siguientes instituciones:
- Presidencia del Consejo de Ministros – PCM.
- Consejo Nacional de GRD – CONAGERD.
- Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN.
- Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED.
- Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI.
- Gobiernos Regionales y Locales.
- Fuerzas Armadas y PNP.
- Entidades Públicas, Privadas y de la Sociedad Civil.
Puedes leer aquí el Decreto Legislativo 1587 publicado en diario oficial El Peruano.
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