La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) ha emitido cartas inductivas sobre la implementación de brigadas de emergencia, resaltando la necesidad de fortalecer las medidas preventivas en el lugar de trabajo, especialmente en anticipación a los riesgos relacionados con el fenómeno de El Niño. A través del comunicado, la SUNAFIL aclaró las pautas que ha establecido para las compañías.
El Estudio Jurídico Ribeiro & MDL Asociados explica que las principales medidas que deben adoptar los empleadores según SUNAFIL son formar brigadas de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación, capacitar e informar a los trabajadores sobre cómo actuar en caso de emergencia y ante desastres, realizar no menos de cuatro capacitaciones basadas en los riesgos específicos del puesto de trabajo y mantener el orden y la limpieza en el centro de trabajo para evitar riesgos para la integridad física y salud de los trabajadores.
Además, SUNAFIL está solicitando que, dentro de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la fecha de recibida la comunicación, las empresas deberán remitir la siguiente documentación:
- Un acta o registro que garantice la conformación de brigadas de primeros auxilios lucha contra incendio, de evacuación y rescate.
- Un registro que acredite la capacitación y entrenamiento de las brigadas y trabajadores vinculados a derrumbes, electrocución y deslizamientos que pueda causar el Fenómeno El Niño.
- La información solicitada debe ser presentada en formato PDF vía Casilla Electrónica de la SUNAFIL y tiene carácter de declaración jurada.
En caso de incumplir las obligaciones, SUNAFIL sanciona a la empresa por cometer una infracción grave. A la compañía se le considera responsable directo del incumplimiento en garantizar la SST del personal.
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