Las leyes dedicadas a la seguridad laboral podrán ser muy específicas, pero hay casos tan particulares que merecen una atención especial para determinar responsabilidades en el futuro. Ese es el caso de un trabajador con lumbalgia de una empresa del sector alimentario que tuvo un incidente con una caja de cinco kilos. ¿Se trata de un accidente laboral o una enfermedad común?
La Resolución 082-2021-Sunafil/IRE-CAL, emitida por la intendencia regional del Callao, precisa que un accidente de trabajo es todo suceso repentino que sobrevenga por causa de la labor realizada por el empleado y que genere una lesión orgánica.
En ese sentido, la empresa fue sancionada por no haber presentado el registro del accidente, así como los resultados de la investigación.
La empresa apeló la multa de 34 mil soles argumentando que no registró el accidente, debido a que la lumbalgia del trabajador es congénita y no derivada del accidente. Además, la empresa precisó que el reporte de los certificados de incapacidad del trabajador, emitidos por Essalud a consecuencia de los descansos médicos, consigna el motivo de la incapacidad como enfermedad común.
La Intendencia del Callao declaró infundada la apelación, debido a que el accidente ocurrió cuando el trabajador realizaba las labores encomendadas por su empleador, por lo que sí debía aparecer en el registro.
Además, el organismo precisó que levantar una carga de cinco kilos sí implica la posibilidad de causar daño a la salud del trabajador, independientemente de su condición física. Hay que tomar en cuenta que el «Informe de prevención de riesgos evaluación ergonómica» observó lo relacionado a la aplicación ISO 11228-1, determinando que un peso mayor a tres kilos tiene el potencial de causar daño a los trabajadores.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral es una entidad adscrita a Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Desde 2014, el organismo ha realizado un total de 414 mil 593 acciones de inspección laboral que han comprendido a más de 9 millones de trabajadores a nivel nacional, las cuales han permitido que 257 mil 743 trabajadores sean incorporados a planilla.
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