Estimación de la informalidad laboral en el mercado peruano según la Sociedad Nacional de Industria, y un repaso por las obligaciones del empleador respecto a la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
La información está basada en la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento.
1. La informalidad y la seguridad en el trabajo
La informalidad es uno de los principales problemas para las políticas laborales que buscan promover la cultura de prevención de accidentes laborales. La Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuyo ámbito de aplicación son todos los sectores económicos y de servicios, incluyendo los empleadores y los trabajadores que están bajo el régimen laboral de la actividad privada en el territorio nacional, así como los empleados del sector público, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, y los trabajadores autónomos, quedaría sin efecto sobre las empresas que no rinden cuentas a algún ente fiscalizador.
De esta manera, las políticas de beneficios sociales, capacitaciones laborales, diseño de reglamento interno y normas de prevención de riesgos no tendrían ningún efecto sobre la situación del empresariado nacional. Esto a pesar de los esfuerzos por parte de los empleadores, sindicatos y el Estado para crear organismos fiscalizadores como el Consejo Nacional de Seguridad en el Trabajo.
Según la Sociedad Nacional de Industria (SNI), la tasa de puestos de trabajo informales en los últimos 10 años, en el 2017 el porcentaje aumentó 1,3%, llegando a alcanzar el 73,3% de la población laboral.
«El escenario puede ser aun peor si continúa la inacción del Estado respecto a este problema. Si se mantiene la tendencia, en el 2021 habría dos millones de nuevos trabajadores informales y 800 mil formales eliminados [79% de la totalidad del mundo laboral nacional]», sostuvo el presidente de la SNI, Andreas Von Wedemeyer, en declaraciones a El Comercio.
Esta situación se debería a la inacción del Estado respecto a la flexibilización burocrática que desincentiva la contratación formal regulación laboral y la baja competitividad tributaria.
2. Responsabilidades del empleador
Para revertir la informalidad, resulta importante hacer recordar las obligaciones del empleador respecto al bienestar de sus trabajadores. Invertir en seguridad y salud laboral hace que la empresa sea más eficiente e indirectamente genera un capital intangible que beneficia a la imagen de la empresa frente a sus empleados.
De acuerdo con el Artículo 26 de la Ley 29783, el empleador está obligado a:
- Garantizar que la seguridad y salud en el trabajo sea una responsabilidad conocida y aceptada en todos los niveles de la organización.
- Definir y comunicar a todos los trabajadores, cuál es el departamento o área que identifica, evalúa o controla los peligros y riesgos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.
- Disponer de una supervisión efectiva, según sea necesario, para asegurar la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Promover la cooperación y la comunicación entre el personal, incluidos los trabajadores, sus representantes y las organizaciones sindicales, a fin de aplicar los elementos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en la organización en forma eficiente.
- Cumplir los principios de los Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo señalados en el artículo 18° de la Ley y en los programas voluntarios sobre seguridad y salud en el trabajo que adopte el empleador.
- Establecer, aplicar y evaluar una política y un programa en materia de seguridad y salud en el trabajo con objetivos medibles y trazables.
- Adoptar disposiciones efectivas para identificar y eliminar los peligros y los riesgos relacionados con el trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo.
- Establecer los programas de prevención y promoción de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento.
- Asegurar la adopción de medidas efectivas que garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus representantes en la ejecución de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y en los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Proporcionar los recursos adecuados para garantizar que las personas responsables de la seguridad y salud en el trabajo, incluido el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, puedan cumplir los planes y programas preventivos establecidos.
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