La vigilancia médica en el trabajo debe ser aplicada cuando sea necesario e involucra la realización de exámenes médicos previos al inicio del trabajo, así como exámenes periódicos en etapas posteriores. La Oficina Internacional del Trabajo (OIT) publicó guía sobre cómo gestionar este importante proceso en sitios de operaciones donde los trabajadores estén expuestos a productos químicos.
La vigilancia médica, de acuerdo con la OIT, debe ser un elemento integral de la atención general a la salud de los trabajadores. Puede abarcar técnicas sencillas para el diagnóstico temprano de enfermedades, las cuales podrían incluir exámenes médicos y cuestionarios relacionados con los problemas de salud reportados por los empleados.
La vigilancia médica debe cumplir los objetivos de evaluar el estado de salud de los trabajadores con respecto a los riesgos derivados de su exposición a productos químicos, diagnosticar con antelación enfermedades y lesiones en el trabajo debidas a la exposición a productos químicos peligrosos, y evaluar las capacidades de los trabajadores para llevar y utilizar los equipos de respiración requeridos u otros equipos de protección personal.
Cuándo ejercer la vigilancia médica
- Cuando las disposiciones de la legislación nacional lo exijan, siempre que los trabajadores puedan estar expuestos a productos químicos peligrosos para la salud.
- Cuando un servicio de salud en el trabajo la aconseje a los empleadores como componente necesario de los planes de protección de la salud de los trabajadores expuestos a productos químicos peligrosos, prestando especial atención a las trabajadoras en caso de embarazo o lactancia y a otros trabajadores que puedan verse más afectados.
- En circunstancias en que la vigilancia de las condiciones medioambientales y biológicas demuestren que la exposición a productos químicos en el trabajo podría afectar a la salud de los trabajadores y que una adecuada vigilancia médica contribuiría a descubrir precozmente su acción nociva.
Por otro lado, los productos químicos que deberán sometidos a vigilancia médica por exposición son aquellos cuya toxicidad sistémica sea reconocida (efectos tóxicos insidiosos), así como los reconocidos como causantes de efectos crónicos y causantes de dermatitis graves. A la lista hay que sumar los productos de los que se sospecha que sean cancerígenos o que son reconocidos como tales, los que se sospecha que sean mutágenos o teratógenos o que son reconocidos como tales, a medida que la ciencia progresa, y de los que, en determinadas condiciones de la actividad laboral, puedan derivarse enfermedades y efectos nocivos para la salud de los trabajadores.
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