Ojo a los detalles con las resoluciones del Tribunal de Fiscalización Laboral. Recientemente, dicho organismo ha emitido un pronunciamiento en el que valida el uso de jornadas largas de más de 21 días, también conocidas como jornadas atípicas, durante el estado de emergencia sanitaria. El problema es que la sentencia contradice lo establecido por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).
De acuerdo con la Constitución Política, la jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales como máximo. En el caso de las jornadas atípicas, el empleador y el trabajador acuerdan la cantidad de días laborales continuas, seguido de un período extendido de descanso. Lo más usual son las sesiones de 14 días de trabajo con 7 de descanso.
Hay que tener en cuenta, además, que el Tribunal Constitucional estableció ciertos parámetros que deben tenerse en cuenta para aplicar el sistema de jornadas atípicas como jornadas de menor duración si son actividades peligrosas y conservando el promedio de horas trabajadas por semana según la regla de las ocho horas diarias, según las exigencias de la actividad laboral.
La situación es que el Tribunal de Fiscalización Laboral falló en contra de SUNAFIL respecto a que las empresas solo pueden establecer jornadas atípicas de tres semanas. De no ser así, están expuestas a ser multadas.
El argumento del Tribunal de Fiscalización Laboral fue la crisis sanitaria y la paralización de la actividad económica. De acuerdo con Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, en declaraciones para Gestion, «la SUNAFIL nunca analizó las excepciones a la regla (…) Se ayudaría a muchas empresas responsables por la generación de una buena cantidad del PBI del país».
El precedente hace que las compañías puedan generar más recursos, incluso minimizar el movimiento del trabajador para evitar un posible contagio. No obstante, SUNAFIL tendría que pronunciarse al respecto porque las jornadas laborales excesivas aumenta la mortalidad por enfermedades como la cardiopatía isquémica y los accidentes cerebrovasculares.
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