Breve explicación de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y un repaso por el procedimiento regular para la notificación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales según el reglamento.
La información está basada en la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento.
1. La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo como marco de prevención
La Ley 29783, conocida como Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales, a partir del diálogo entre empleadores, los trabajadores y el rol fiscalizador del Estado.
Su aplicación alcanza todos los sectores económicos y de servicios, comprendiendo a todos los empleadores y los trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada, pública y autónomos.
La suma de esfuerzos por parte de los empleadores, trabajadores y el Estado convergen en la instauración del Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuyo fin es proteger la integridad de los trabajadores según distintos organismos que deberán adecuarse a la gestión empresarial. Este sería el caso, por ejemplo, del Consejo o SUpervisor Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus Consejos Regionales.
A pesar de los esfuerzos por prevenir riesgos laborales, siempre existe la posibilidad de que ocurra un incidente, accidente o enfermedad profesional. Para esto, el reglamento de la Ley 29783 contempla el procedimiento para el registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos.
2. Notificación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
El Artículo 110 del reglamento de la Ley 29783 especifica los plazos que los empleadores y Centros Médicos Asistenciales tienen para informar al Ministerio de Trabajo y Promoción sobre los siguientes casos:
- Todo accidente de trabajo mortal.
- Los incidentes peligrosos que pongan en riesgo la salud y la integridad física de los trabajadores o a la población.
- Cualquier otro tipo de situación que altere o ponga en riesgo la vida, integridad física y psicológica del trabajador suscitado en el ámbito laboral.
En el caso de los empleadores, la normativa establece un plazo máximo de 24 horas de ocurridos los hechos, mientras que los Centros Médicos Asistenciales tienen el plazo de cinco días hábiles de conocido el diagnóstico.
Dentro de ese plazo, el reglamento señala que las partes comprometidas deben registrar el accidente laboral, incidente peligroso o enfermedad ocupacional -según corresponda- utilizando el Sistema Informático de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales, aplicativo electrónico puesto a disposición de los usuarios en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
En caso de no ser posible por problemas de conexión a Internet debido a la zona geográfica, las notificaciones son presentadas de forma impresa a la Autoridad Administrativa de Trabajo, dentro de los plazos antes señalados.
Cabe añadir que según el Artículo 87 de la Ley 29873 las entidades empleadoras deben contar con un registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e incidentes peligrosos que deben ser exhibidos en los procedimientos de inspección laboral. El registro debe mantener consignado los eventos ocurridos en los últimos doce meses y mantenerlos archivados hasta cinco años después del suceso.
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