Lectura de los lineamientos de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento, y un repaso por las obligaciones del supervisor de seguridad ocupación según el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería.
La información está basada en la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento.
1. Lineamientos de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
La Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, busca promover la cultura de prevención de riesgos laborales a partir de la instalación de mecanismos y procedimientos para controlar y fiscalizar los estándares mínimos de seguridad en el trabajo.
Para llevar a cabo este propósito, los empleadores, los sindicatos y el Estado han diseñado el Sistema de Gestión de Seguridad en el Trabajo para implementar de un procedimiento consensuado en materia de seguridad ocupacional, desde la evaluación inicial de riesgos hasta los requisitos básicos del reglamento interno. A estas disposiciones regulares se suma además la iniciativa de los empleadores por integrar a su sistema de seguridad laboral normas y estándares internacionales en caso que la casuística no esté contemplada en la normativa peruana.
Recurso útil: Qué información debe tener el reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo
2. Obligaciones del supervisor según el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería
El Decreto Supremo 055 2010 EM cuenta con especificaciones que el supervisor de seguridad y salud ocupacional debe tener en cuenta a la hora de ejercer sus funciones en las empresas mineras.
A continuación un respaso de lo señalado en el artículo 38 del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería.
- Verificar que los trabajadores cumplan con el presente reglamento y con los reglamentos internos.
- Tomar toda precaución para proteger a los trabajadores, verificando y analizando que se haya dado cumplimiento a la Identificación de Peligros y Evaluación y Control de Riesgos (IPERC) realizada por los trabajadores en su área de trabajo, a fin de eliminar o minimizar los riesgos.
- Instruir y verificar que los trabajadores conozcan y cumplan con los estándares y PETS y usen adecuadamente el equipo de protección personal apropiado para cada tarea.
- Informar a los trabajadores acerca de los peligros en el lugar de trabajo.
- Investigar aquellas situaciones que un trabajador o un miembro del Comité de Seguridad consideren que son peligrosas.
- Verificar que los trabajadores usen máquinas con las guardas de protección colocadas en su lugar.
- Instruir y verificar que los trabajadores conozcan y cumplan con los estándares y PETS y usen adecuadamente el equipo de protección personal apropiado para cada tarea.
- Actuar inmediatamente frente a cualquier peligro que sea informado en el lugar de trabajo.
- Ser responsable por su seguridad y la de los trabajadores que laboran en el área a su mando.
- Facilitar los primeros auxilios y la evacuación del(os) trabajador(es) lesionado(s) o que esté(n) en peligro.
- Verificar que se cumplan los procedimientos de bloqueo de las maquinarias que se encuentren en mantenimiento.
- Paralizar las operaciones o labores en situaciones de alto riesgo hasta que se haya eliminado o minimizado dichas situaciones riesgosas.
- Imponer la presencia permanente de un supervisor (ingeniero o técnico) en las labores mineras de alto riesgo, de acuerdo a la evaluación de riesgos.
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