Estadísticas del sector informal y situación salarial de esta área para entender las condiciones laborales del mercado nacional. Además, un repaso por las obligaciones del empleador según la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
La información está basada en la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento.
1. Indicadores de la situación laboral y condiciones del trabajador
La seguridad y salud en el trabajo depende de la fiscalización del Estado para evaluar si las empresas cumplen con las normas mínimas de prevención de riesgo de accidentes laborales. Un indicador sobre esta situación es la informalidad en el mercado nacional, en el que los empleadores contratan personal en condiciones dudosas y sin seguir los lineamientos de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
«Tenemos un panorama complicado para nuestro principal capital humano. El 80% de jóvenes de entre 18 a 24 años están en el sector informal y en ocupación inadecuada tenemos al 62%. Del total de jóvenes que egresan de los colegios, solo el 30% accede a educación superior; con lo cual tenemos que el 70% de jóvenes podría terminar en el mercado informal o desempleo», declaró el exministro de Trabajo, Danuel Maurate, al diario Gestión.
Otro indicador sobre la situación de la informalidad -y por ende un panorama de las condiciones laborales- es el ingreso promedio mensual de los trabajadores. A partir de esta cifra, se puede evaluar si los empleados cuentan con los beneficios sociales.
«Del 80% de jóvenes que está en la informalidad algunos deben de estar recibiendo menos del sueldo mínimo (S/ 850), sin vacaciones, sin CTS. Es decir, sin ningún beneficio y ni seguridad social. Además, son jóvenes que por sus condiciones de trabajo son poco empleables», señaló Maurate.
2. Las obligaciones del empleador
La Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, busca promover una cultura de prevención de riesgos laborales a partir de la coordinación de tres actores principales: los empleadores, las organizaciones sindicales y el Estado.
Para la ejecución de esta normativa, existen organismos como el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST), ente máximo para el diálogo y concertación social en materia de seguridad laboral, y los lineamientos de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
De acuerdo con el Artículo 26 de la Ley 29783, el empleador está obligado a:
- Garantizar que la seguridad y salud en el trabajo sea una responsabilidad conocida y aceptada en todos los niveles de la organización.
- Definir y comunicar a todos los trabajadores, cuál es el departamento o área que identifica, evalúa o controla los peligros y riesgos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.
- Disponer de una supervisión efectiva, según sea necesario, para asegurar la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.
- Promover la cooperación y la comunicación entre el personal, incluidos los trabajadores, sus representantes y las organizaciones sindicales, a fin de aplicar los elementos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en la organización en forma eficiente.
- Cumplir los principios de los Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo señalados en el artículo 18° de la Ley y en los programas voluntarios sobre seguridad y salud en el trabajo que adopte el empleador.
- Establecer, aplicar y evaluar una política y un programa en materia de seguridad y salud en el trabajo con objetivos medibles y trazables.
- Adoptar disposiciones efectivas para identificar y eliminar los peligros y los riesgos relacionados con el trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo.
- Establecer los programas de prevención y promoción de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento.
- Asegurar la adopción de medidas efectivas que garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus representantes en la ejecución de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y en los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Proporcionar los recursos adecuados para garantizar que las personas responsables de la seguridad y salud en el trabajo, incluido el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, puedan cumplir los planes y programas preventivos establecidos.
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