Es responsabilidad de los empleadores adoptar medidas para limitar la exposición de los trabajadores a los productos químicos peligrosos. Dichas medidas deberían tender a eliminar el riesgo o reducir al mínimo el grado del mismo, de preferencia sustituyendo los productos químicos peligrosos por otros de peligrosidad reducida o nula, u optando por nuevas tecnologías.
Cuando este tipo de medidas no resulte factible, se deberían aplicar medidas adecuadas de control técnico para alcanzar el objetivo de eliminación o reducción del grado de riesgo. Por esta razón, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) destaca las labores de evaluación para la toma de decisiones con respecto a la vigencia de las medidas adoptadas, con el fin de eliminar o reducir al mínimo el grado de riesgo de los productos químicos.
«El empleador debería demostrar que en la evaluación se han considerado todos los aspectos relativos a la utilización de los productos químicos. Cuando un empleador constate la existencia de riesgos que podrían o deberían ser eliminados o reducidos al mínimo, debería velar por que, en el plazo más breve posible y utilizando los medios más apropiados de que dispongan, se proceda a la eliminación o reducción de dichos riesgos, procurando observar el orden de prioridad de las medidas», precisa el organismo internacional.
Los procedimientos de evaluación
La evaluación debería incluir:
Evaluación de los riesgos en la que se examinen los productos químicos utilizados y la índole de los riesgos que entrañen, es decir, la medida en que puedan presentar uno o más riesgos que ocasionen afecciones agudas o crónicas, lesiones epidérmicas o en caso de incendio y explosión.
La apreciación de las medidas de control en la que se deberían estimar el riesgo y las posibilidades de eliminarlo, tomando en consideración las medidas de control técnico y los sistemas de trabajo.
El programa de acción en el que se debería cotejar los resultados de la estimación de riesgos con los criterios que la autoridad competente haya formulado, aprobado o reconocido en materia de seguridad en el uso de sustancias químicas.
Qué debería tener en cuenta la evaluación
- La cantidad de un producto químico existente en el lugar de trabajo.
- Las condiciones de funcionamiento y los procedimientos aplicados en el lugar de trabajo.
- La amplitud de la utilización de los productos químicos cuya responsabilidad incumbe al empleador, y que podría abarcar la producción, manipulación, almacenamiento, transporte y eliminación de los productos.
- La diversidad de las tareas que concurren en una actividad laboral, en particular aquellas en que no se pueden utilizar los controles técnicos disponibles, como por ejemplo durante algunas labores de mantenimiento, de reparación de averías o de limpieza.
- La índole de un producto químico y la incidencia que las modalidades de su utilización puedan tener en el aumento de los peligros y riesgos que entraña, como por ejemplo su empleo con temperaturas y presiones elevadas.
- La probabilidad de que se produzca una falla o una sucesión de fallas en el sistema de medidas de control disponible y sus posibles consecuencias.
Puedes leer aquí el informe completo de la OIT sobre la gestión de productos químicos en el trabajo.
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