Desde hace algunos años, el Ministerio de Salud ha elaborado un conjunto de protocolos de exámenes médicos ocupacionales que permiten efectuar un seguimiento a la salud de los trabajadores. Aquí un resumen de los principales conceptos.
La vigilancia de la salud de los trabajadores es el proceso de recolección de información y análisis sistemático que abarca todas las evaluaciones necesarias para proteger su salud. El objetivo es detectar los problemas de salud relacionadas con el trabajo, controlar los factores de riesgos y prevenir los daños a la salud del trabajador. Lo mencionado contribuye a planificar y priorizar una intervención para hacer frente a esos problemas.
Tipos de vigilancia de la salud de los trabajadores
a. Evaluaciones del estado de salud de los trabajadores
Son las evaluaciones médicas realizadas antes de que se les asignen tareas específicas que puedan entrañar un peligro para su salud o para los demás. Estas evaluaciones incluyen aquellas que se realizan en intervalos periódicos en todo trabajo que implique una exposición a riesgos particulares. Adicionalmente, comprende aquellas llevadas a cabo cuando un trabajador reanuda su labor tras una ausencia prolongada por motivos de salud. La finalidad de la última evaluación mencionada es descubrir sus eventuales orígenes profesionales, así como de recomendar una acción apropiada para proteger a los trabajadores. Asimismo, se busca determinar la adaptabilidad de los trabajadores a sus tareas y la necesidad de una reclasificación y de una readaptación.
La vigilancia considera la evaluación médica de la salud de los trabajadores al terminar y después de finalizar asignaciones que entrañen riesgos susceptibles de provocar o contribuir perjuicios ulteriores para su salud. Incluye, además, el análisis de la ocurrencia de los accidentes de trabajo, enfermedades relacionadas al trabajo y de los estado prepatológicos en un determinado periodo de tiempo.
b. Evaluaciones de riesgos para la salud de los trabajadores
Evaluaciones cualitativas de los agentes o factores de riesgo de naturaleza físico, químico y biológicos, de acuerdo con las metodologías de la gestión del riesgo. Se emplea las evaluaciones cuantitativas para aquellos agentes o factores de riesgos físicos y químicos en las que se precise medir las intensidades, concentraciones o nivel de presencia de acuerdo a las disposiciones de Higiene Ocupacional. En cuanto a las evaluaciones específicas, éstas se utilizan para los factores de riesgos psicosociales y disergonómicos relacionadas con las características y el rol del trabajo, y con la organización del trabajo.
Protocolos para exámenes médicos ocupacionales
El médico ocupacional debe atender, registrar y notificar los accidentes de trabajo y las enfermedades relacionadas al trabajo. Lo mencionado contribuirá al desarrollo de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores, según las disposiciones de la normatividad actual de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Por otro lado, el médico ocupacional determinará la metodología y la técnica que se requerirá para las evaluaciones de acuerdo al tipo de exposición. Asimismo, el profesional tomará en cuenta las siguientes clases de evaluaciones médico ocupacionales según el caso:
a. Evaluación médico pre-empleo o pre-ocupacional:
Es la evaluación médica que se realiza al trabajador antes de que ingrese al puesto de trabajo. Tiene por objetivo determinar el estado de salud al momento del ingreso, y su aptitud al puesto de trabajo.
b. Evaluación médico ocupacional periódico:
Se realiza con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar, en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, que se asocien al puesto de trabajo y los estados prepatológicos.
La periodicidad de la evaluación será determinada por el médico ocupacional. Se realizará de acuerdo con el tipo, magnitud y frecuencia de exposición a cada factor de riesgo, así como al estado de salud del trabajador. Como mínimo, las evaluaciones serán una vez al año. Los antecedentes que se registren en la evaluación médica periódica se actualizarán a la fecha de la evaluación correspondiente. Asimismo, éstas se revisarán comparativamente cada vez que se realicen este tipo de evaluaciones.
c. Evaluación médico ocupacional de retiro o de egreso:
Evaluación médica realizada al trabajador respecto de su estado y condición de salud días previos al cese laboral. Tendrán validez los exámenes ocupacionales realizados con una antigüedad no mayor de dos meses. Mediante esta prueba se busca detectar enfermedades relacionadas al trabajo, secuelas de accidentes de trabajo y en general lo agravado por el trabajo.
d. Otras evaluaciones médico ocupacionales:
- Por cambios de ocupación o puesto de trabajo: esta evaluación se realiza al trabajador cada vez que cambie de ocupación o de puesto de trabajo, de funciones, tareas o exposición a nuevos o mayores factores de riesgo, en los que se detecte un incremento de su magnitud, intensidad o frecuencia.
- Por reincorporación laboral: evaluación que se realiza posterior a incapacidad temporal prolongada.
- Por contratos temporales de corta duración: el Servicio de Salud Ocupacional que atiende actualmente al trabajador puede solicitar una copia de los exámenes médicos ocupacionales, previa autorización del trabajador, con tres meses de antigüedad al servicio de salud previo que atendió al trabajador por última vez. Este procedimiento solo es válido para los exámenes médicos pre-ocupacionales que realicen los Servicios de Salud Ocupacional que atienden actualmente al trabajador.
En la evaluación médico ocupacional se utiliza los siguientes instrumentos:
- Ficha clínica ocupacional.
- Ficha psicológica.
- Exámenes complementarios.
Los exámenes complementarios y procedimientos de ayuda diagnóstica ocupacional están enfocados a determinar el estado de salud basal del trabajador. Es decir, desde su evaluación pre-empleo o pre ocupacional y los cambios que ayuden a detectar de manera precoz la presencia de una patología asociada al trabajo o los estados prepatológicos. La indicación para realizar los exámenes auxiliares y complementarios se puede realizar con mayor o menor frecuencia por indicación del médico ocupacional. Mínimamente se llevarán a cabo una vez al año y de acuerdo a la exposición a los factores de riesgo. Asimismo, irá en concordancia con las evaluaciones médico ocupacionales periódicas, y deben contener mínimamente:
Exámenes complementarios generales:
- Biometría sanguínea
- Bioquímica sanguínea
- Grupo y factor sanguíneo
- Examen completo de orina
Exámenes complementarios específicos y de acuerdo al tipo de exposición:
- Audiometría
- Espirometría
- Valoración musculoesquelética
- Radiografía de tórax
- Exámenes toxicológicos:
- Pruebas basadas en la orina: debe ser el primer examen toxicológico a tomar en cuanta de acuerdo al factor de riesgo presente en el ambiente de trabajo.
- Pruebas de exposición basadas en el análisis de sangre: se reserva para los problemas de salud y seguridad que no pueden resolverse por la vigilancia de la orina o el aire espirado. Pueden citarse como excepción el análisis de plomo y protoporfirina de zinc en la sangre y de las actividades de colinesteraza en sangre.
- Pruebas basadas en el análisis del aire espirado: dentro de las más importantes comprenden meticlcloroformo, el percloroetileno y otros hidrocarburos halogenoados.
6. Otros exámenes y procedimientos relacionados al riesgo de exposición se indicarán a criterio del médico ocupacional, incluyendo las pruebas de tamizaje para el estudio de condiciones preclínicas.
El Servicio de Salud Ocupacional desarrolla el análisis de la vigilancia de la salud de los trabajadores mínimamente de forma anual mediante tasas de frecuencia de eventos relacionadas a la salud de los trabajadores. Asimismo, elabora las tasas de análisis en base a la información de los accidentes de trabajo y las enfermedades relacionadas al trabajo notificado y registrado, así como a las evaluaciones médico ocupacionales.
Se puede calcular diferentes tipos de tasas cuando se cuenta con buena información (registros), midiendo diferentes aspectos de la salud y seguridad en el trabajo. Las tasas se pueden usar para contestar preguntas como las siguientes:
- ¿Cuántos accidentes de trabajo han ocurrido en el último año, por cada 100n trabajadores?
- ¿Cuántas enfermedades relacionadas al trabajo han ocurrido en el último año, por cada 100n trabajadores?
- ¿Cuántas situaciones pre patogénicas han ocurrido anualmente (hipercolesterolemia, aumento de plomo en sangre, hipersensibilidad dérmica) por cada 100n trabajadores?
- ¿Cuántos accidentes de trabajo que generaron incapacidades temporales ocurrieron, por cada 100n trabajadores de tiempo completo en el último año?
El Servicio de Salud Ocupacional realizará un informe, a partir de los resultados, que servirá como parte de la mejora continua en la implementación de medidas de prevención. Asimismo, contribuirá en el programa de actividades preventivas en salud ocupacional.
Aptitud del trabajador
El médico ocupacional determinará la aptitud del trabajador en las evaluaciones médico ocupacionales:
Apto: trabajador sano o con hallazgos clínicos que no generan pérdida de capacidad laboral ni limitan el normal ejercicio de su labor.
Apto con restricciones: aquel trabajador que a pesar de tener algunas patologías, o condiciones pre-patológicas puede desarrollar la labor habitual teniendo ciertas precauciones, para que estas no pongan en riesgo su seguridad, disminuyan su rendimiento, o puedan verse agravadas deben ser incluidos en programas de vigilancia específicos.
No Apto: trabajador que por patologías, lesiones o secuelas de enfermedades o accidentes tienen limitaciones orgánicas que les hacen imposible la labor.
Fuente: Documento técnico. Protocolos de exámenes médico ocupacionales y Guías de diagnósticos de los exámenes médicos obligatorios por actividad. RMNº312-2011- MINSA, Ministerio de Salud, 2011.
Publicado en la Revista Seguridad Minera nº125.
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