Según el Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para Agencias de Viaje y Turismo (AGVT), sus instalaciones y servicios deben establecer medidas para prevenir la prevención y propagación de la enfermedad. Entre ellas están:
Requisitos básicos
- De acuerdo a los requerimientos operativos, se debe definir el aforo de todas las áreas de la AGVT, con la finalidad de cumplir con el distanciamiento físico, manteniendo al menos 1 m entre el personal y clientes.
- Establecer las zonas a las que tendrá acceso el cliente y/o proveedor.
- Las zonas de atención al cliente deben contar con señalizaciones y/o barreras físicas (por ejemplo, pantallas o mamparas), para evitar el contacto directo con el público en general.
- Acondicionar ambientes ventilados, considerando las características de cada área.
- Los marcadores de asistencia personal deben ser de aproximación.
- Si los centros de trabajo cuentan con comedores, ascensores, vestidores, cafetines, medios de transporte y otros, estos deberán mantener el distanciamiento físico mínimo de 1 m, respectivo entre los usuarios y se deberá respetar los turnos previamente establecidos. En el caso de los comedores (en razón al no uso de mascarilla) debe incrementarse el distanciamiento (mínimo 2 metros) y/o hacer turnos para el personal; o facilitar la ingesta de sus alimentos en las oficinas si las condiciones lo permiten.
- Implementar dispositivos con soluciones desinfectantes para manos en puntos estratégicos de la AGVT, para que se encuentre a disposición del personal y clientes. Las mismas que deberán encontrarse en buenas condiciones conservación, operatividad e higiene.
Se recomienda un espacio exclusivo y debidamente protegido para los insumos y materiales de limpieza, asimismo, para los EPP, con el fin de evitar la contaminación (directa o indirecta).
- Asignar útiles de oficina y equipos o dispositivos electrónicos para uso personal. En caso de alternancia, determinar las pautas de limpieza y desinfección entre turnos.
Limpieza y desinfección
- La AGVT, asegura la cantidad y ubicación de puntos de lavado de manos (lavadero, caño con conexión a agua potable, jabón líquido o jabón desinfectante y papel toalla) y puntos de alcohol (gel o líquido), para el uso libre de lavado y desinfección de los trabajadores.
- Todos los productos de limpieza y desinfección deben ser debidamente almacenados e identificados.
- Uno de los puntos de lavado o dispensador de alcohol deberá ubicarse al ingreso de la AGVT, estableciéndose el lavado de manos o desinfección previa al inicio de sus actividades laborales, en lo que se posible con mecanismos que eviten el contacto de las manos con grifos o manijas.
El punto de lavado de manos debe contar con jabón líquido, papel toalla, tacho para residuos sólidos.
- Implementar medios de desinfección del calzado (suela).
- La periodicidad de la desinfección de los lugares de trabajo, la frecuencia diaria de limpieza del lugar de trabajo, las medidas de protección de los trabajadores y capacitación necesarias para el personal que realiza la limpieza y desinfección de los ambientes y superficies de trabajo; así como la disponibilidad de las sustancias a emplear para tal fin, según las características del lugar de trabajo y tipo de actividad que se realiza, la debe determinar el responsable del servicio de seguridad y salud de los trabajadores o la que haga sus veces.
- Limpiar y desinfectar todos los ambientes de alto tránsito y superficies que entran en contacto con las manos (del personal o clientes) con la mayor frecuencia posible.
De tercerizar el servicio de limpieza y desinfección, el proveedor debe presentar su constancia de registro de reanudación de actividades, la cual debe ser verificada.
- Desinfectar las áreas de trabajo, equipos, materiales y otros accesorios necesarios, antes, durante y final del desarrollo de sus actividades.
Para la limpieza y desinfección de superficies vivas e inertes se pueden tomar como referencia lo establecido en el Anexo N° 8.
- Acondicionar una zona exclusiva para la limpieza y desinfección de las herramientas de limpieza u otros materiales, debiendo mantenerse en buen estado de conservación, operatividad e higiene.
- Acondicionar una zona de recepción de productos y pertenencias de los pasajeros, debiendo contar con todos los equipos y materiales para la desinfección de sus superficies.
Disposición de residuos sólidos
- La disposición de los residuos sólidos generales se realiza de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1278, «Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos» y R.M N° 099- 2020-MINAM «Recomendaciones para el manejo de residuos sólidos durante la Emergencia Sanitaria por COVID-19 y el Estado de Emergencia Nacional en domicilios, centros de aislamiento temporal de personas, centros de abasto, bodegas, locales de comercio interno, oficinas administrativas y sedes públicas y privadas, y para operaciones y procesos de residuos sólidos».
- Implementar tachos o recipientes rotulados con tapa vaivén o accionado con pedal para el descarte de los EPP (mascarillas, guantes, entre otros).
- Las bolsas plásticas que contienen estos desechos deben ser amarradas con doble nudo y rociados con una solución desinfectante para su posterior disposición final en el contenedor de no aprovechables. Por ningún motivo se deben abrir las bolsas nuevamente.
- El personal que manipule estos residuos debe utilizar EPP adecuados para el descarte de los mismos y realizar adecuados procesos de lavado con agua y jabón y desinfección de manos.
Servicios higiénicos y vestuario
- Los ambientes deben mantenerse en buen estado de higiene y operatividad.
- Los servicios higiénicos deben ser higienizados con la mayor frecuencia posible.
- Contar con lavatorios para el lavado y desinfección de manos con sus respectivos accesorios (jabón líquido, desinfectantes, papel toalla y otros).
- Contar un espacio exclusivo para el personal que permita guardar sus artículos personales y acondicionados de tal forma que evite la contaminación.
Equipamiento de turismo de aventura
- Verificar y/o efectuar la limpieza y desinfección antes y después de cada uso y guardarlo protegido.
- Vigilar el cumplimiento del programa de limpieza y desinfección del equipamiento de turismo de aventura de acuerdo a la modalidad.
- Verificar y/o ejecutar que se asigne de forma exclusiva el equipamiento de turismo de aventura por cada pasajero.
- Velar y/o asegurar que se mantenga la distancia físico al menos 1 m a la hora del uso del equipamiento.
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